{"id":1745,"date":"2025-10-10T07:24:21","date_gmt":"2025-10-10T07:24:21","guid":{"rendered":"https:\/\/plasticunion.com\/condiciones-generales-de-venta-y-entrega"},"modified":"2026-08-12T08:49:56","modified_gmt":"2026-08-12T08:49:56","slug":"condiciones-generales-de-venta-y-entrega","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/plasticunion.com\/es\/condiciones-generales-de-venta-y-entrega","title":{"rendered":"Condiciones Generales de Venta y Entrega"},"content":{"rendered":"\n\n\t<section class=\"section\" id=\"section_1754120364\">\n\t\t<div class=\"section-bg fill\" >\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t\n\t\t\t\n\n\t\t<\/div>\n\n\t\t\n\n\t\t<div class=\"section-content relative\">\n\t\t\t\n\n<p><strong>\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n<br\/>Las presentes condiciones se aplican exclusivamente a empresarios, personas jur\u00eddicas de derecho p\u00fablico o patrimonios especiales de derecho p\u00fablico.<br\/>I. Aplicaci\u00f3n <\/strong><\/p>\n<p> <\/p>\n<p><strong>1.<\/strong> Los pedidos solo ser\u00e1n vinculantes una vez confirmados por el proveedor. Las modificaciones y ampliaciones deber\u00e1n realizarse en forma de texto. Todas las ofertas se realizan sin compromiso, salvo que se indiquen expresamente como ofertas firmes.  <\/p>\n<p><strong>2.<\/strong> En el marco de relaciones comerciales continuadas, las presentes condiciones tambi\u00e9n se aplicar\u00e1n a futuras operaciones en las que no se haga referencia expresa a ellas, siempre que hayan sido comunicadas al cliente con motivo de un pedido anterior confirmado por el proveedor.<\/p>\n<p><strong>3.<\/strong> Las condiciones generales del cliente no ser\u00e1n aplicables, salvo que hayan sido expresamente aceptadas por el proveedor.<\/p>\n<p><strong>4.<\/strong> Si alguna de las disposiciones fuera o llegara a ser inv\u00e1lida, ello no afectar\u00e1 a la validez de las restantes disposiciones.<br\/>II. Precios <\/p>\n<p><strong>5.<\/strong> En caso de duda, los precios se entienden EXW (Incoterms\u00ae 2020), excluidos los gastos de transporte, derechos de aduana, gastos accesorios de importaci\u00f3n y embalaje, m\u00e1s el IVA al tipo legal vigente.<\/p>\n<p><strong>6.<\/strong> Si, despu\u00e9s de la presentaci\u00f3n de la oferta o de la confirmaci\u00f3n del pedido y hasta el momento de la entrega, se modifican de forma sustancial los factores de coste determinantes, el proveedor y el cliente acordar\u00e1n una adaptaci\u00f3n de los precios y de la parte de los costes correspondiente a los moldes.<\/p>\n<p><strong>7.<\/strong> Si se ha acordado que el precio dependa del peso de las piezas, el precio definitivo se determinar\u00e1 sobre la base del peso de las muestras de referencia aprobadas.<\/p>\n<p><strong>8.<\/strong> En el caso de nuevos pedidos (= pedidos posteriores), el proveedor no estar\u00e1 vinculado por los precios aplicados anteriormente.<br\/>III. Obligaci\u00f3n de entrega y recepci\u00f3n <\/p>\n<p><strong>9.<\/strong> Los plazos de entrega comenzar\u00e1n a contar una vez recibidos todos los documentos necesarios para la ejecuci\u00f3n del pedido, el pago anticipado y, cuando as\u00ed se haya acordado, los materiales que deba aportar el cliente dentro del plazo correspondiente. El plazo de entrega se considerar\u00e1 cumplido con la notificaci\u00f3n de que la mercanc\u00eda est\u00e1 lista para su expedici\u00f3n si esta se retrasa o resulta imposible sin culpa del proveedor. <\/p>\n<p><strong>10.<\/strong> Si un plazo de entrega acordado no se cumple por causa imputable al proveedor, siempre que este no haya actuado con dolo o negligencia grave, el cliente tendr\u00e1 derecho, una vez transcurrido un plazo adicional razonable y con exclusi\u00f3n de otras reclamaciones, a exigir una indemnizaci\u00f3n por demora o a resolver el contrato. La indemnizaci\u00f3n por demora estar\u00e1 limitada como m\u00e1ximo al 5 % de la parte de la entrega que no se haya realizado conforme al contrato. Queda excluida la resoluci\u00f3n del contrato si el propio cliente se encuentra en mora en la recepci\u00f3n. El cliente conservar\u00e1 el derecho a acreditar la existencia de un perjuicio mayor.   <\/p>\n<p><strong>11.<\/strong> Se permiten entregas parciales razonables, as\u00ed como desviaciones aceptables de hasta un \u00b110 % respecto de las cantidades solicitadas.<\/p>\n<p><strong>12.<\/strong> En el caso de pedidos abiertos sin acuerdo sobre la duraci\u00f3n, el tama\u00f1o de los lotes de producci\u00f3n y las fechas de recepci\u00f3n, el proveedor podr\u00e1 exigir, como m\u00e1ximo tres meses despu\u00e9s de la confirmaci\u00f3n del pedido, que dichos aspectos se determinen de forma vinculante. Si el cliente no atiende esta solicitud en un plazo de tres semanas, el proveedor tendr\u00e1 derecho a fijar un plazo adicional de dos semanas y, una vez transcurrido este sin resultado, a resolver el contrato y\/o reclamar una indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios. <\/p>\n<p><strong>13.<\/strong> Si el cliente incumple sus obligaciones de recepci\u00f3n, el proveedor, sin perjuicio de sus dem\u00e1s derechos, no estar\u00e1 sujeto a las disposiciones legales relativas a la venta de la mercanc\u00eda por cuenta del comprador en caso de mora en la recepci\u00f3n, sino que podr\u00e1 vender libremente el objeto de la entrega tras haber informado previamente al cliente.<\/p>\n<p><strong>14.<\/strong> Los acontecimientos de fuerza mayor facultan al proveedor para aplazar la entrega durante el tiempo que dure el impedimento, m\u00e1s un periodo razonable de reanudaci\u00f3n, o para resolver total o parcialmente el contrato respecto de la parte a\u00fan no cumplida. Se equiparan a los casos de fuerza mayor las huelgas, los cierres patronales o las circunstancias imprevisibles e inevitables, como por ejemplo interrupciones de la actividad, que impidan al proveedor efectuar la entrega a tiempo a pesar de haber realizado esfuerzos razonables; corresponder\u00e1 al proveedor aportar la prueba de ello. Lo mismo se aplicar\u00e1 cuando los impedimentos mencionados se produzcan durante una situaci\u00f3n de demora o afecten a un subproveedor. El cliente podr\u00e1 requerir al proveedor para que, en un plazo de dos semanas, declare si desea resolver el contrato o efectuar la entrega dentro de un plazo adicional razonable. Si el proveedor no se pronuncia, el cliente podr\u00e1 resolver el contrato respecto de la parte no cumplida. El proveedor informar\u00e1 inmediatamente al cliente cuando se produzca un caso de fuerza mayor en el sentido anteriormente descrito. Asimismo, deber\u00e1 reducir al m\u00ednimo posible los perjuicios para el cliente, en su caso poniendo los moldes a disposici\u00f3n de este durante el tiempo que dure el impedimento.<br\/>IV. Embalaje, expedici\u00f3n, transmisi\u00f3n del riesgo y mora en la recepci\u00f3n       <\/p>\n<p><strong>15.<\/strong> Salvo pacto en contrario, el proveedor elegir\u00e1 el embalaje, el tipo de expedici\u00f3n y la ruta de transporte.<\/p>\n<p><strong>16.<\/strong> El riesgo se transmitir\u00e1 al cliente en el momento en que la mercanc\u00eda salga de la planta del proveedor, incluso en caso de entrega con portes pagados. Si el env\u00edo se retrasa por causas imputables al cliente, el riesgo se transmitir\u00e1 ya en el momento de la notificaci\u00f3n de que la mercanc\u00eda est\u00e1 lista para su expedici\u00f3n. <\/p>\n<p><strong>17.<\/strong> A petici\u00f3n escrita del cliente, la mercanc\u00eda ser\u00e1 asegurada, por cuenta de este, contra los riesgos que indique.<br\/>V. Reserva de dominio <\/p>\n<p><strong>18.<\/strong> Las entregas seguir\u00e1n siendo propiedad del proveedor hasta que se hayan satisfecho \u00edntegramente todas las reclamaciones que este tenga frente al cliente, incluso aunque se haya abonado el precio de compra correspondiente a cr\u00e9ditos espec\u00edficamente determinados. En caso de cuenta corriente, la propiedad reservada sobre las entregas (mercanc\u00eda sujeta a reserva de dominio) servir\u00e1 de garant\u00eda del saldo a favor del proveedor. Si, en relaci\u00f3n con el pago del precio de compra, se constituye una obligaci\u00f3n cambiaria a cargo del proveedor, la reserva de dominio no se extinguir\u00e1 hasta que la letra de cambio haya sido pagada por el comprador en calidad de librado.  <\/p>\n<p><strong>19.<\/strong> Cualquier elaboraci\u00f3n o transformaci\u00f3n realizada por el cliente se efectuar\u00e1 por encargo del proveedor, quedando excluida la adquisici\u00f3n de la propiedad conforme al \u00a7 950 del BGB. El proveedor adquirir\u00e1 la copropiedad del objeto resultante en proporci\u00f3n al valor neto facturado de su mercanc\u00eda respecto del valor neto facturado de la mercanc\u00eda objeto de elaboraci\u00f3n o transformaci\u00f3n. El objeto as\u00ed resultante se considerar\u00e1 mercanc\u00eda sujeta a reserva de dominio y servir\u00e1 para garantizar las reclamaciones del proveedor conforme al apartado 1.<\/p>\n<p><strong>20.<\/strong> En caso de elaboraci\u00f3n mediante uni\u00f3n o mezcla por parte del cliente con otras mercanc\u00edas que no pertenezcan al proveedor, se aplicar\u00e1n las disposiciones de los \u00a7\u00a7 947 y 948 del BGB, con la consecuencia de que la cuota de copropiedad del proveedor sobre el nuevo objeto pasar\u00e1 a considerarse mercanc\u00eda sujeta a reserva de dominio en el sentido de las presentes condiciones.<\/p>\n<p><strong>21.<\/strong> La reventa de la mercanc\u00eda sujeta a reserva de dominio solo estar\u00e1 permitida al cliente en el curso ordinario de sus operaciones comerciales y con la condici\u00f3n de que acuerde asimismo con sus propios clientes una reserva de dominio conforme a los apartados 1 a 3. El cliente no estar\u00e1 autorizado a realizar ning\u00fan otro acto de disposici\u00f3n sobre la mercanc\u00eda sujeta a reserva de dominio, en particular a pignorarla o transmitirla en garant\u00eda. <\/p>\n<p><strong>22.<\/strong> En caso de reventa, el cliente cede desde este momento al proveedor, hasta la satisfacci\u00f3n \u00edntegra de todas las reclamaciones de este, los cr\u00e9ditos derivados de la reventa y dem\u00e1s derechos leg\u00edtimos frente a sus propios clientes, junto con todos sus derechos accesorios. A solicitud del proveedor, el cliente estar\u00e1 obligado a facilitarle sin demora toda la informaci\u00f3n y a entregarle todos los documentos necesarios para hacer valer los derechos del proveedor frente a los clientes del propio cliente. <\/p>\n<p><strong>23.<\/strong> Si el cliente revende la mercanc\u00eda sujeta a reserva de dominio, tras su transformaci\u00f3n conforme a los apartados 2 y\/o 3, junto con otras mercanc\u00edas que no pertenezcan al proveedor, la cesi\u00f3n del cr\u00e9dito correspondiente al precio de compra conforme al apartado 5 solo ser\u00e1 aplicable hasta el importe del valor facturado de la mercanc\u00eda del proveedor sujeta a reserva de dominio.<\/p>\n<p><strong>24.<\/strong> Si el valor de las garant\u00edas constituidas a favor del proveedor supera en m\u00e1s de un 10 % el importe total de sus reclamaciones, el proveedor estar\u00e1 obligado, a solicitud del cliente, a liberar garant\u00edas por el importe correspondiente, a elecci\u00f3n del proveedor.<\/p>\n<p><strong>25.<\/strong> Cualquier embargo o incautaci\u00f3n de la mercanc\u00eda sujeta a reserva de dominio por parte de terceros deber\u00e1 notificarse inmediatamente al proveedor. Los costes de intervenci\u00f3n que se deriven de ello correr\u00e1n en todo caso a cargo del cliente, en la medida en que no sean asumidos por terceros. <\/p>\n<p><strong>26.<\/strong> Si el proveedor, de conformidad con las disposiciones anteriores, hace uso de su reserva de dominio mediante la recuperaci\u00f3n de la mercanc\u00eda sujeta a dicha reserva, estar\u00e1 facultado para venderla libremente o hacerla subastar. El ejercicio de la reserva de dominio y, en particular, la exigencia de devoluci\u00f3n de la mercanc\u00eda constituyen una resoluci\u00f3n del contrato. La recuperaci\u00f3n de la mercanc\u00eda sujeta a reserva de dominio se imputar\u00e1 por el importe obtenido con su realizaci\u00f3n, como m\u00e1ximo hasta el importe de los precios de entrega acordados. Quedan reservadas otras reclamaciones por da\u00f1os y perjuicios, en particular por lucro cesante.<br\/>VI. Responsabilidad por defectos materiales    <\/p>\n<p><strong>27.<\/strong> La calidad y la ejecuci\u00f3n de los productos se determinar\u00e1n por las muestras de referencia que el proveedor presente al cliente para su examen, a petici\u00f3n de este. La referencia a normas t\u00e9cnicas sirve \u00fanicamente para describir la prestaci\u00f3n y no deber\u00e1 interpretarse como una garant\u00eda de caracter\u00edsticas. <\/p>\n<p><strong>28.<\/strong> Si el proveedor ha asesorado al cliente fuera del \u00e1mbito de sus obligaciones contractuales, solo responder\u00e1 del funcionamiento y de la idoneidad del objeto de la entrega cuando haya otorgado previamente una garant\u00eda expresa al respecto.<\/p>\n<p><strong>29.<\/strong> Las reclamaciones por defectos deber\u00e1n formularse por escrito sin demora. En caso de defectos ocultos, la reclamaci\u00f3n deber\u00e1 formularse sin demora tras su constataci\u00f3n. En ambos casos, salvo pacto en contrario, todas las reclamaciones por defectos prescribir\u00e1n 24 meses despu\u00e9s de la entrega, de conformidad con el art\u00edculo 438 del C\u00f3digo Civil alem\u00e1n (BGB).  <\/p>\n<p><strong>30.<\/strong> En caso de reclamaci\u00f3n justificada por defectos \u2014siendo las muestras de referencia aprobadas por escrito por el cliente las que determinen la calidad y la ejecuci\u00f3n que cabe esperar\u2014, el proveedor estar\u00e1 obligado a efectuar el cumplimiento posterior. Si no cumple esta obligaci\u00f3n dentro de un plazo razonable o si la subsanaci\u00f3n del defecto fracasa pese a varios intentos, el cliente tendr\u00e1 derecho a reducir el precio de compra o a resolver el contrato. Cualquier otra reclamaci\u00f3n, en particular las relativas al reembolso de gastos o a indemnizaciones por da\u00f1os derivados del defecto o por da\u00f1os consecuenciales, solo proceder\u00e1 dentro de los l\u00edmites establecidos en la secci\u00f3n VII. Las piezas sustituidas deber\u00e1n devolverse al proveedor, a petici\u00f3n de este, a portes debidos.  <\/p>\n<p><strong>31.<\/strong> Cualquier reparaci\u00f3n o modificaci\u00f3n realizada por iniciativa propia del cliente, as\u00ed como cualquier manipulaci\u00f3n inadecuada, dar\u00e1 lugar a la p\u00e9rdida de todos los derechos derivados de defectos. \u00danicamente para evitar da\u00f1os desproporcionadamente graves o en caso de demora del proveedor en la subsanaci\u00f3n de los defectos, el cliente estar\u00e1 autorizado, previa comunicaci\u00f3n al proveedor, a efectuar la reparaci\u00f3n por s\u00ed mismo y a reclamar el reembolso de los costes razonables correspondientes. <\/p>\n<p><strong>32.<\/strong> El desgaste o deterioro derivado de un uso conforme al contrato no dar\u00e1 lugar a derechos de garant\u00eda.<\/p>\n<p>33. Los derechos de recurso del cliente frente al proveedor se regir\u00e1n por las disposiciones legales, en particular por los art\u00edculos 445a, 445b y 478 del C\u00f3digo Civil alem\u00e1n (BGB). Solo existir\u00e1n en la medida prevista por la ley y \u00fanicamente cuando la reclamaci\u00f3n formulada contra el cliente por su comprador estuviera justificada. No quedan comprendidos los acuerdos de cortes\u00eda comercial adoptados sin acuerdo previo con el proveedor. El ejercicio de los derechos de recurso presupone que la parte legitimada para ejercerlos haya cumplido sus propias obligaciones legales, en particular las obligaciones de examen y notificaci\u00f3n de defectos conforme al art\u00edculo 377 del C\u00f3digo de Comercio alem\u00e1n (HGB), en la medida en que sean aplicables.   <\/p>\n<p>VII. Limitaciones generales de responsabilidad<\/p>\n<p>En todos los casos en que el proveedor est\u00e9 obligado, sobre la base de disposiciones contractuales o legales, a pagar una indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios o a reembolsar gastos, responder\u00e1 en caso de dolo o negligencia grave. En caso de lesi\u00f3n culposa de la vida, la integridad f\u00edsica o la salud, el proveedor responder\u00e1 tambi\u00e9n en caso de negligencia leve. <\/p>\n<p>Quedan asimismo inalteradas la responsabilidad conforme a la Ley alemana de Responsabilidad por Productos Defectuosos (Produkthaftungsgesetz) y la responsabilidad derivada de una garant\u00eda de caracter\u00edsticas asumida.<\/p>\n<p>En caso de incumplimiento por negligencia leve de obligaciones contractuales esenciales, la responsabilidad del proveedor se limitar\u00e1 a los da\u00f1os previsibles y t\u00edpicos del contrato. Son obligaciones contractuales esenciales aquellas cuyo cumplimiento hace posible la correcta ejecuci\u00f3n del contrato y en cuyo cumplimiento el cliente puede confiar habitualmente. <\/p>\n<p>Las disposiciones anteriores no implican modificaci\u00f3n alguna de la carga legal de la prueba en perjuicio del cliente.<\/p>\n<p>Garant\u00eda<\/p>\n<p>Cuando se utilizan pl\u00e1sticos reciclados, pueden producirse, debido a las caracter\u00edsticas del material, variaciones de color del objeto suministrado respecto de ofertas, muestras, entregas de prueba y entregas anteriores.<\/p>\n<p>Las peque\u00f1as inclusiones de part\u00edculas de pl\u00e1stico duro no fundidas u otros residuos no fusibles, as\u00ed como las rebabas de soldadura producidas por el proceso de fabricaci\u00f3n, no constituyen un defecto siempre que se deban al material o al proceso y no menoscaben de forma significativa la aptitud del objeto suministrado para el uso previsto en el contrato.<\/p>\n<p>Lo mismo se aplica a peque\u00f1as desviaciones dimensionales debidas al material o al proceso de fabricaci\u00f3n como consecuencia de deformaciones o contracci\u00f3n del pl\u00e1stico, siempre que no menoscaben de forma significativa la aptitud del objeto suministrado para el uso previsto en el contrato.<\/p>\n<p>VIII. Condiciones de pago<\/p>\n<p><strong>34.<\/strong> Todos los pagos deber\u00e1n efectuarse exclusivamente en EUR (euros) al proveedor.<\/p>\n<p><strong>35.<\/strong> Salvo pacto en contrario, el precio de compra correspondiente a entregas u otras prestaciones ser\u00e1 pagadero con un descuento por pronto pago del 2 % dentro de los 10 d\u00edas, o sin deducci\u00f3n dentro de los 30 d\u00edas siguientes a la fecha de la factura. La concesi\u00f3n del descuento por pronto pago estar\u00e1 condicionada al pago de todas las facturas anteriores vencidas y no controvertidas. No se conceder\u00e1 ning\u00fan descuento por pronto pago en caso de pagos efectuados mediante letra de cambio.  <\/p>\n<p><strong>36.<\/strong> En caso de superar el plazo de pago acordado, se devengar\u00e1n intereses de demora a un tipo de 9 puntos porcentuales por encima del tipo b\u00e1sico vigente, salvo que el proveedor acredite un perjuicio mayor. El cliente conservar\u00e1 el derecho a demostrar que el perjuicio sufrido es inferior. <\/p>\n<p><strong>37.<\/strong> El proveedor se reserva el derecho de rechazar cheques o letras de cambio. Los cheques y las letras de cambio susceptibles de redescuento solo se aceptar\u00e1n salvo buen fin, y todos los costes asociados correr\u00e1n a cargo del cliente. <\/p>\n<p><strong>38.<\/strong> El cliente solo podr\u00e1 compensar cr\u00e9ditos o ejercer un derecho de retenci\u00f3n cuando sus cr\u00e9ditos sean indiscutidos o hayan sido reconocidos mediante resoluci\u00f3n judicial firme.<\/p>\n<p><strong>39.<\/strong> El incumplimiento continuado de las condiciones de pago o la existencia de circunstancias que susciten serias dudas sobre la solvencia del cliente dar\u00e1n lugar al vencimiento inmediato de todas las reclamaciones del proveedor. Adem\u00e1s, en tal caso, el proveedor estar\u00e1 facultado para exigir pagos anticipados respecto de las entregas a\u00fan pendientes y, una vez transcurrido sin resultado un plazo razonable, resolver el contrato.<br\/>IX. Moldes (herramientas)  <\/p>\n<p><strong>40.<\/strong> El precio de los moldes incluye tambi\u00e9n los costes de una primera toma de muestras, pero no los costes de los dispositivos de ensayo y mecanizado ni los derivados de modificaciones solicitadas por el cliente. Los costes de tomas de muestras adicionales que sean imputables al proveedor correr\u00e1n a cargo de este. <\/p>\n<p><strong>41.<\/strong> Salvo pacto en contrario, el proveedor ser\u00e1 y seguir\u00e1 siendo propietario de los moldes fabricados para el cliente por el propio proveedor o por un tercero encargado por este. Los moldes se utilizar\u00e1n exclusivamente para pedidos del cliente mientras este cumpla sus obligaciones de pago y recepci\u00f3n. El proveedor solo estar\u00e1 obligado a sustituir gratuitamente dichos moldes cuando ello sea necesario para alcanzar una cantidad de producci\u00f3n garantizada al cliente. La obligaci\u00f3n del proveedor de conservar los moldes finalizar\u00e1 dos a\u00f1os despu\u00e9s de la \u00faltima entrega de piezas fabricadas con dichos moldes, previa notificaci\u00f3n al cliente.   <\/p>\n<p><strong>42.<\/strong> Si, conforme a lo acordado, el cliente debe convertirse en propietario de los moldes, la propiedad se le transmitir\u00e1 una vez abonado \u00edntegramente el precio de compra correspondiente. La entrega de los moldes al cliente se sustituir\u00e1 por su custodia en beneficio de este. Con independencia del derecho legal del cliente a exigir su entrega y de la vida \u00fatil de los moldes, el proveedor tendr\u00e1 derecho a su posesi\u00f3n exclusiva hasta la finalizaci\u00f3n del contrato. El proveedor deber\u00e1 identificar los moldes como propiedad ajena y, a solicitud del cliente, asegurarlos por cuenta de este.   <\/p>\n<p><strong>43.<\/strong> En el caso de moldes propiedad del cliente conforme al apartado 3 y\/o de moldes puestos a disposici\u00f3n del proveedor en calidad de pr\u00e9stamo por el cliente, la responsabilidad del proveedor respecto de su custodia y mantenimiento se limitar\u00e1 al cuidado que aplica a sus propios bienes. Los costes de mantenimiento y seguro correr\u00e1n a cargo del cliente. Las obligaciones del proveedor se extinguir\u00e1n si, una vez finalizado el pedido y tras el correspondiente requerimiento, el cliente no recoge los moldes dentro de un plazo razonable. Mientras el cliente no haya cumplido \u00edntegramente sus obligaciones contractuales, el proveedor tendr\u00e1 en todo caso un derecho de retenci\u00f3n sobre los moldes.<br\/>X. Materiales aportados por el cliente    <\/p>\n<p><strong>44.<\/strong> Cuando los materiales sean suministrados por el cliente, deber\u00e1n entregarse puntualmente, por cuenta y riesgo de este, en perfecto estado y con un suplemento de cantidad adecuado de al menos el 5 %.<\/p>\n<p><strong>45.<\/strong> Si no se cumplen estos requisitos, el plazo de entrega se ampliar\u00e1 de forma razonable. Salvo en casos de fuerza mayor, el cliente asumir\u00e1 asimismo los costes adicionales resultantes, incluidos los derivados de interrupciones de la producci\u00f3n.<br\/>XI. Derechos de propiedad industrial y defectos jur\u00eddicos  <\/p>\n<p><strong>46.<\/strong> Cuando el proveedor deba realizar la entrega conforme a dibujos, modelos o muestras, o utilizando piezas facilitadas por el cliente, este garantizar\u00e1 que con ello no se vulneren derechos de propiedad industrial o intelectual de terceros en el pa\u00eds de destino de la mercanc\u00eda. El proveedor informar\u00e1 al cliente de los derechos de los que tenga conocimiento. El cliente deber\u00e1 mantener indemne al proveedor frente a reclamaciones de terceros y resarcirle de los da\u00f1os ocasionados. Si un tercero proh\u00edbe al proveedor la fabricaci\u00f3n o la entrega invocando un derecho de propiedad que le pertenece, el proveedor estar\u00e1 facultado, sin examinar la situaci\u00f3n jur\u00eddica, para suspender los trabajos hasta que la situaci\u00f3n jur\u00eddica quede aclarada entre el cliente y dicho tercero. Si, como consecuencia del retraso, ya no fuera razonablemente exigible al proveedor continuar con el pedido, este tendr\u00e1 derecho a resolver el contrato.    <\/p>\n<p><strong>47.<\/strong> Los dibujos y muestras entregados al proveedor que no hayan dado lugar a un pedido se devolver\u00e1n a petici\u00f3n del cliente; en caso contrario, el proveedor estar\u00e1 facultado para destruirlos tres meses despu\u00e9s de la presentaci\u00f3n de la oferta. Esta obligaci\u00f3n se aplicar\u00e1 de forma equivalente al cliente. La parte facultada para proceder a la destrucci\u00f3n deber\u00e1 informar a la otra parte contratante de su intenci\u00f3n con suficiente antelaci\u00f3n.  <\/p>\n<p><strong>48.<\/strong> Corresponder\u00e1n al proveedor los derechos de autor y, en su caso, los derechos de propiedad industrial, en particular todos los derechos de uso y explotaci\u00f3n sobre los modelos, moldes, dispositivos, dise\u00f1os y dibujos creados por \u00e9l o por terceros por encargo suyo.<\/p>\n<p><strong>49.<\/strong> Si existieran otros defectos jur\u00eddicos, se aplicar\u00e1n por analog\u00eda las disposiciones de la secci\u00f3n VI.<br\/>XII. Lugar de cumplimiento y jurisdicci\u00f3n competente <\/p>\n<p><strong>50.<\/strong> El lugar de cumplimiento ser\u00e1 el lugar en el que se encuentre la planta del proveedor.<\/p>\n<p><strong>51.<\/strong> La jurisdicci\u00f3n competente ser\u00e1, a elecci\u00f3n del proveedor, la correspondiente a su domicilio social o al domicilio del cliente, tambi\u00e9n para procedimientos documentales, cambiarios y relativos a cheques. Se aplicar\u00e1 exclusivamente el derecho alem\u00e1n. Queda excluida la aplicaci\u00f3n de la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas de 11 de abril de 1980 sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercader\u00edas (BGBl. 1989, p. 586), aplicable a la Rep\u00fablica Federal de Alemania (BGBl. 1990, p. 1477).  <\/p>\n\n\t\t<\/div>\n\n\t\t\n<style>\n#section_1754120364 {\n  padding-top: 30px;\n  padding-bottom: 30px;\n}\n<\/style>\n\t<\/section>\n\t\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-1745","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plasticunion.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1745","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plasticunion.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/plasticunion.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plasticunion.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plasticunion.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1745"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/plasticunion.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1745\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1757,"href":"https:\/\/plasticunion.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1745\/revisions\/1757"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plasticunion.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1745"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}